Judiciales | Dos salas de feria de la Cámara de Casación Federal integradas casi en su totalidad por los mismos Jueces decidieron no hacer lugar a las solicitudes del exministro y del exempresario, quienes alegaron motivos de salud para no continuar en una cárcel común.
Julio de Vido y Lázaro Báez sufrieron este jueves un revés en la Justicia, luego de que diferentes tribunales de feria de la Cámara de Casación Penal rechazaran sus respectivas solicitudes de prisión domiciliaria.
En el primer caso, la sala integrada por los Jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Guillermo Yacobucci resolvió sostener la decisión previa y rechazó los argumentos presentados por la defensa del exministro de Planificación, quien está alojado en el penal de Ezeiza, donde cumple una pena de cuatro años de prisión por administración fraudulenta contra el Estado en el marco de la causa por la Tragedia de Once.
Los abogados del exfuncionario kirchnerista, Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro, centraron el pedido en dos ejes: la condición de mayor de 70 años del condenado y la existencia de patologías crónicas que, según sostuvieron, no eran atendidas adecuadamente en el penal. Señalaron falta de provisión de medicamentos y una dieta no acorde a sus prescripciones.
En su voto, Carbajo expresó que la sola superación del límite etario no activa de forma automática el beneficio de la domiciliaria. Para su procedencia, subrayó, debe acreditarse que el encierro pone en riesgo la vida o la dignidad, o que el sistema carcelario es incapaz de atender las afecciones.
El magistrado fundamentó el rechazo en los informes del Cuerpo Médico Forense y de las autoridades penitenciarias, que evaluaron al detenido en diciembre de 2025 y acreditaron la atención de sus patologías en el ámbito del servicio penitenciario.
En forma paralela, la sala integrada por Ángela Ledesma, Borinsky y Carbajo, resolvió no hacer lugar al recurso de Báez, condenado a 15 años por las causas conocidas como Ruta del Dinero K y Vialidad.
La mayoría consideró que no existen circunstancias excepcionales que ameriten morigerar su régimen de detención, que también cumple en Ezeiza.
Los magistrados que rechazaron el pedido destacaron que las patologías invocadas por la defensa de Báez se encuentran atendidas en el sistema penitenciario y remarcaron la gravedad de los delitos cometidos contra la administración pública y por lavado de activos.
Sin embargo, en voto minoritario, Borinsky argumentó que la proximidad de los 70 años de Báez, el agravamiento de su cuadro médico y la protección de derechos de menores del núcleo familiar ameritaban un tratamiento distinto. Planteó que la domiciliaria, con controles estrictos, permitiría conciliar la protección de esos derechos sin desvirtuar los fines de la sanción penal.