Política | El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado aprobó un nuevo régimen para empleados públicos que queden en disponibilidad debido a la reestructuración del Estado. La medida busca regular la situación de más de 100 mil empleados cuyos contratos se revisarán en los próximos meses.
El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado ha implementado el “Régimen del personal en situación de disponibilidad” para empleados de organismos del Estado nacional afectados por reducciones de personal.
La Resolución 1/2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, bajo el liderazgo de Federico Sturzenegger, reglamenta aspectos de la Ley 25.164 de Empleo Público de 1999, especificando que los empleados afectados por reestructuraciones quedarán automáticamente en situación de disponibilidad por un máximo de 12 meses.
Se estima que más de 100 mil personas estarán en esta situación mientras sus contratos se revisan y las autoridades determinan su futuro.
Según el anexo de la Resolución, los titulares de organismos que supriman dependencias o funciones deben aceptar inmediatamente las renuncias en trámite, exceptuando aquellas con procesos sumariales activos.
También deben identificar al personal bajo tutela sindical y reubicar temporalmente a quienes estén próximos a la jubilación dentro de los 12 meses.
Una vez suprimidas dependencias o funciones, la autoridad máxima del organismo afectado debe emitir, en un plazo de cinco días hábiles, un acto administrativo con la lista del personal en situación de disponibilidad.
Esta autoridad o el responsable administrativo puede solicitar una prórroga del plazo mediante un informe fundamentado.
Los empleados con licencia por enfermedad, accidente, matrimonio o maternidad continuarán recibiendo su salario durante la licencia y entrarán en disponibilidad tras su vencimiento, percibiendo entonces el haber de disponibilidad.
Al pasar a disponibilidad, el trabajador queda exento de prestar servicios pero debe estar disponible durante su horario laboral y responder a las convocatorias oficiales enviadas a su correo electrónico institucional o domicilio electrónico.
La no asistencia injustificada a estas convocatorias resultará en la desvinculación anticipada con la indemnización correspondiente.
Si el trabajador comienza un empleo en el sector privado durante el período de disponibilidad, queda exento de estas obligaciones.
El régimen también contempla actividades de capacitación y reconversión laboral; si el trabajador no las cumple, se procederá a su desvinculación con indemnización.
Para evaluar la idoneidad del empleado, se podrá asignar un cargo temporalmente, no excediendo la mitad del período de disponibilidad restante.
Durante este tiempo, el trabajador permanece en disponibilidad pero con el salario de su cargo.
Si rechaza la prestación temporal, se gestionará su desvinculación e indemnización. Si se considera apto, se tramitará su traslado, removiéndolo del registro de disponibilidad.