Política y Economía | A partir del 1° de enero de 2026, la contribución municipal dejará de figurar discriminada en las facturas de energía y pasará a formar parte del Valor Agregado de Distribución. Además, se fijó un tope del 13% para la tasa de alumbrado público.
El Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE) dispuso una modificación en el esquema de cálculo tarifario que impactará en la facturación del servicio eléctrico a partir del 1° de enero de 2026. La medida fue formalizada mediante la Resolución Nº 236/25, publicada en el Boletín Oficial Nº 28.234, y aprueba el texto ordenado del procedimiento para la determinación del cuadro tarifario en la provincia.
La decisión se enmarca en lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Decreto Nº 3578, que introduce cambios significativos tanto en la estructura de costos de las distribuidoras como en la forma en que se reflejan ciertos conceptos en las boletas que reciben los usuarios.
Uno de los puntos centrales de la resolución establece que la contribución que las distribuidoras abonan a municipios y comunas pasará a integrarse al Valor Agregado de Distribución (VAD). De este modo, dicho concepto ya no será discriminado en las facturas, incluyendo intereses por mora, sino que quedará incorporado dentro del costo de distribución del servicio.
Según la modificación del artículo 24º de los contratos de concesión, la alícuota en sustitución de tributos municipales será del 6%, aclarando la normativa que bajo este nuevo esquema la contribución no deberá figurar de manera separada en la facturación a los usuarios.
Tope para la tasa de alumbrado público
En relación con la tasa de alumbrado público, la resolución ratifica que las concesionarias —ENERSA y las cooperativas eléctricas— continuarán actuando como agentes de percepción, aunque se estableció un nuevo límite. A partir de enero de 2026, la alícuota máxima será del 13%, aplicable a todas las facturaciones emitidas desde esa fecha. Asimismo, se confirmó que los usuarios industriales continúan exceptuados del cobro de esta percepción, manteniendo el criterio vigente hasta el momento.
Vigencia e implementación
La resolución, firmada por el interventor del EPRE, Marcos Rodríguez Allende, dispone la modificación y aprobación del Anexo IV “Procedimiento para la Determinación del Cuadro Tarifario” del contrato de concesión de Energía de Entre Ríos S.A. (ENERSA) y de las distribuidoras cooperativas. Finalmente, la norma deroga a partir del 1° de enero de 2026 la Resolución EPRE Nº 159/97, que regulaba la base de cálculo de estos recargos, con el objetivo de adecuar el sistema al nuevo ordenamiento tarifario dispuesto por el Gobierno provincial.