Con la modificación aprobada por la Cámara de Diputados se incorpora una figura nueva que se da cuando a consecuencia del hecho, la víctima hubiere sufrido lesiones que transitoriamente le impidieran manifestar su voluntad de ejercer la acción, la cual podrá ser ratificada cuando recupere su capacidad, considerándose los actos jurídicos efectuados durante ese período transitorio como válidos, firmes y consentidos.
Se trata de un proyecto unificado entre la iniciativa presentada por el diputado Enrique Cresto , y el presentado oportunamente por el diputado justicialista, Raúl Solanas.
En este sentido, el diputado Cresto indicó que entre las modificaciones mas trascendentes se encuentran que “ahora el espectro subjetivo de quienes se pueden constituir como querellantes es mayor, debido a que alcanza al cónyuge supérstite, sus herederos forzosos, la persona que haya convivido en aparente matrimonio con el difunto, hasta alcanzar a los parientes colaterales mas próximos” indicó.