Judiciales | El Juez Federal Daniel Rafecas procesó a siete ciudadanos iraníes y un libanés por el ataque de 1994. Permanecen prófugos y la causa avanza hacia un eventual juicio oral en ausencia.
El Juez Federal Daniel Rafecas procesó a ocho ciudadanos iraníes y libaneses acusados de participar en la planificación, organización y ejecución del atentado contra la sede de la AMIA, ocurrido el 18 de julio de 1994 en Buenos Aires.
La resolución, de más de 600 páginas, fue adoptada en el marco del régimen de juicio en ausencia establecido por la Ley 27.784, mecanismo que permite continuar el proceso pese a que los imputados permanecen prófugos en el extranjero.
Además, el magistrado dispuso embargos por US$500 millones para cada uno de los procesados.
De acuerdo con la reconstrucción realizada por la Justicia, la decisión de llevar adelante el ataque habría sido adoptada en agosto de 1993 por altas autoridades del régimen iraní y su ejecución habría sido encomendada a Hezbollah, mediante una estructura de apoyo regional y local vinculada con la zona de la Triple Frontera.
Rafecas procesó como autores mediatos a Ali Fallahijan, exministro de Inteligencia iraní; Ali Velayati, exministro de Relaciones Exteriores; Mohsen Rezai, entonces comandante de la Guardia Revolucionaria, y Ahmad Vahidi, quien estaba al frente de la fuerza Al Quds.
Como cómplices necesarios fueron procesados Hadi Soleimanpour, exembajador de Irán en Argentina; Mohsen Rabbani, quien se desempeñaba como consejero cultural de la Embajada iraní, y Ahmad Asghari, señalado en la investigación como agente de inteligencia de la Guardia Revolucionaria.
También fue procesado el ciudadano libanés Salman Raouf Salman, conocido también como Samuel El Reda, a quien la Justicia atribuye la coordinación de la etapa final de la operación.
Según el fallo, los responsables adquirieron una camioneta Renault Trafic el 10 de julio de 1994, que posteriormente fue acondicionada y cargada con aproximadamente 300 kilos de amonal y TNT.
El vehículo fue utilizado el 18 de julio para perpetrar el atentado contra la sede de la AMIA. El ataque provocó 85 muertos y 151 heridos, además de graves daños materiales.
Rafecas encuadró los hechos en delitos de homicidios y lesiones reiteradas, agravados por odio racial o religioso y por la utilización de un medio capaz de generar peligro común. También calificó el atentado como crimen de lesa humanidad y lo encuadró en la figura de genocidio en los términos del Derecho internacional.
El magistrado, además, dictó la falta de mérito para Abdallah Salman y Hussein Mouzannar.
Los procesamientos podrán ser apelados por la defensa. Si la resolución queda firme en las instancias superiores, el juzgado podrá avanzar con las actuaciones necesarias para una eventual elevación de la causa a juicio oral y público bajo el régimen de juicio en ausencia.
La aplicación de este mecanismo permite que el expediente continúe pese a que los acusados no se encuentran a disposición de la Justicia argentina, a más de 32 años del atentado contra la mutual judía.