Queda establecido en el proyecto que se intenta defender por igual los derechos de autor y el derecho de los comerciantes de poder vender sus productos, lo que no ocurre con la legislación vigente, que parece defender solo el primero mencionado. Aquellos que ganan dinero por la utilización de discos u otras reproducciones fonográficas seguirán pagando las tarifas establecidas, pero aquellos que no obtienen un beneficio extra por dicha utilización o que su reproducción colabora con la industria discográfica (casa de ventas de discos) no deberán pagar tarifa alguna.
Una de las tareas del Estado debe ser la de conciliar distintos intereses, pero a través de la Resolución 100/89 de la ex Secretaría de Prensa y Difusión de la Nación sólo se defiende a los autores de discos u otras reproducciones fonográficas, por lo tanto se requiere la derogación de los artículos 9, 29, 40, 46, 50, 56 y 57 de la misma.