Judiciales | La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firmes las sentencias en las causas “Papel Prensa” y “cotillón anti Clarín”, en las que el exsecretario de Comercio Interior fue condenado por amenazas coactivas y peculado. Con ambas condenas vigentes, la Justicia deberá definir si unifica las penas, lo que podría derivar en prisión efectiva.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó dos condenas contra Guillermo Moreno, exsecretario de Comercio Interior durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner, y dejó firme su inhabilitación absoluta y perpetua para ocupar cargos públicos.
El fallo, firmado por los Jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimó los recursos presentados por la defensa del exfuncionario y ratificó las sentencias en las causas conocidas como “Papel Prensa” y “cotillón anti Clarín”.
El caso Papel Prensa
La primera condena, dictada por el Tribunal Oral Federal N°8 en 2022, se refiere a los hechos ocurridos el 12 de agosto de 2010 durante una asamblea de accionistas de Papel Prensa S.A.
Según la investigación, Moreno irrumpió en la reunión con guantes de boxeo y un casco de sparring, profiriendo amenazas que obligaron a suspender la votación. “Acá no se vota nada. Las mujeres para atrás y demos la pelea que hay que dar”, habría dicho el entonces funcionario, antes de advertir que la asamblea “iba a terminar mal” y que “sus muchachos estaban para bancársela”.
Acto seguido, se apagaron las luces y se interrumpió la filmación del encuentro. Por estos hechos, el tribunal lo condenó a dos años de prisión en suspenso por amenazas coactivas y a seis meses de inhabilitación para ejercer cargos públicos.
En 2023, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la sentencia, con el voto de los Jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, quienes sostuvieron que la condena se basó en “diversos elementos probatorios” y una “minuciosa reconstrucción” de la conducta de Moreno.
La Juez Ana María Figueroa votó en disidencia.
Finalmente, la Corte Suprema rechazó el último recurso extraordinario invocando el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, que habilita a desestimar planteos sin tratamiento cuando no se presentan fundamentos suficientes.
El “cotillón anti Clarín”
La segunda causa, iniciada en 2013 y con condena del Tribunal Oral Federal N°7 en 2017, investigó el uso indebido de fondos públicos para la producción y distribución de material propagandístico contra el Grupo Clarín.
Durante el allanamiento se secuestraron gigantografías, globos, tazas y remeras con consignas como “Clarín Miente” o “Clarín, cadena nacional del desánimo y la desinformación”.
La Justicia determinó que esos objetos fueron financiados con recursos del Mercado Central de Buenos Aires, lo que configuró el delito de peculado, es decir, el uso indebido de fondos del Estado.
Por este hecho, Moreno fue condenado a dos años y medio de prisión en suspenso y a la inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos.
Sus colaboradores Fabián Dragone y Guillermo Cosentino también recibieron penas de dos años de prisión. La sentencia fue confirmada por la Sala IV de Casación en 2019 y ahora quedó definitivamente firme tras el fallo de la Corte.
Posible unificación de penas
Con ambas condenas firmes, los tribunales orales deberán resolver si corresponde unificar las penas.
De concretarse, la condena total podría superar los tres años de prisión, lo que implicaría cumplimiento efectivo.
De esta manera, la Corte Suprema cerró definitivamente el camino judicial para el exfuncionario, ratificando que Guillermo Moreno queda inhabilitado de por vida para ocupar cargos públicos y confirmando su responsabilidad penal en dos causas emblemáticas de su gestión.