El proyecto habilita, a su vez, a las cooperativas, gremios y asociaciones civiles a solicitar una licencia de radiodifusión, antes sólo reservada para las sociedades comerciales, y personas jurídicas con fines de lucro. Según la ley, no podrán pedir una licencia para operar una radio, un canal de TV abierto o por cable ninguna “persona jurídica prestadora de un servicio público” con excepción de las cooperativas “sin fines de lucro prestadoras de servicios públicos que cubran áreas en las cuales no haya otro licenciatario prestando de manera efectiva el servicio”.
Con la norma, cualquier empresa que brinde algún servicio público -agua, teléfono, electricidad o gas, entre otros- no podrá controlar un medio de comunicación radial, una práctica usual durante la década de los 90.