Si bien, aparentemente, de los informes de los árbitros no surgiría el registro de esas actitudes, son muchas las informaciones que aseguran que hubo en varios partidos sostenidos cánticos de índole despectiva en razón de la religión o el color de la piel de las ciudades o los barrios a los que representan determinados equipos que participan del Torneo.
Consultado al respecto el Presidente del HTP, Dr. Mario Arcusin, manifestó que más allá de que el Reglamento lo autoriza a iniciar de oficio las actuaciones, y que existe un artículo que precisamente tiene en cuenta estos comportamientos desviados y su castigo, la República Argentina tiene una Ley, la 23.592 que pena severamente los actos discriminatorios, tanto a los autores de los mismos, como a los instigadores, los encubridores y todos aquellos que tomando conocimiento de hechos de este tipo no los denunciaren.