Viernes 4 de Septiembre de 2015, 10:25

El Senado sancionó la adhesión a la Ley nacional de regu

| En la sesión de este martes, la Cámara de Senadores de Entre Ríos dio sanción definitiva al proyecto aprobado por los diputados, para adherir a la Ley Nacional 24.374 y sus modificatorias, que permiten escriturar bienes inmuebles en favor de sus habitantes luego de tres años de posesión pacífica.

El Senado provincial convirtió en Ley el proyecto del diputado Diego Lara para adherir a la llamada “Ley Pierri” (de rango nacional), número 24.374, y sus modificatorias, que permiten escriturar un inmueble a favor de su ocupante tras tres años de posesión pacífica. La normativa establece que “la regularización dominial a favor de ocupantes que acrediten la posesión pública, pacífica y continua durante tres años con anterioridad al 1 de enero de 2009 y su causa lícita, de inmuebles urbanos que tengan como destino principal el de casa habitación única y permanente”. Con la aprobación del Senado, la norma queda a disposición del Poder Ejecutivo para su promulgación. El Diputado autor de la iniciativa había argumentado que la norma aprobada esta semana por diputados era “una materia pendiente que tenía la legislación entrerriana” y que lo que persigue es “un régimen que permita a los poseedores de inmuebles urbanos y ubicados en centros poblacionales rurales que tengan como finalidad de vivienda única poder obtener un justo título a través de un procedimiento que prevé esta norma”. Para Lara, hay situaciones particulares que a menudo impiden la escrituración y dejan a sus habitantes en condiciones irregulares en cuanto al registro catastral: “en Entre Ríos, como en todo el país, hay innumerables casos no sólo en las grandes ciudades sino también en los pequeños poblados, donde existen poseedores; familias de condición media o humilde, que no han podido obtener el título de dominio de su propiedad. Adquirieron un terreno o una vivienda en algún loteo o venta, con un boleto de compraventa y a la fecha les resulta dificultoso acceder a la escritura pública”. Fuente: AIM.