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La Corte Suprema dictó un nuevo fallo a favor de la libertad sindical y puso en jaque al gremialismo organizado. De este modo, se resolvió que un delegado de una asociación con simple inscripción, es decir, que no actúa como miembro de un gremio con personería gremial, goza de las mimas garantías de tutela sindical que los delegados de los gremios con personería.
Así, un delegado no puede ser suspendido ni despedido ni trasladado de su lugar de trabajo sin previo juicio. Este es el segundo fallo de la Corte a favor de la libertad sindical.
Fuente: AIM
Un segundo...