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"Ratifícase en el Poder Ejecutivo Nacional la totalidad de la delegación legislativa sobre materias determinadas de administración o situaciones de emergencia pública", dice la Ley, que lleva la firma de los presidentes de ambas cámaras: Eduardo Fellner y Julio Cobos.
Según la normativa aprobada en el Congreso, la delegación de facultades entra en vigencia a partir de hoy, 24 de agosto, "por el plazo de un año".
"El titular del Poder Ejecutivo nacional y el Jefe de Gabinete de Ministros ejercerán exclusivamente las facultades delegadas", reza el texto de la Ley.
Además, se crea en el ámbito del Congreso Nacional una comisión bicameral cuya misión y tarea será "revisar, estudiar, compilar y analizar la totalidad de la legislación delegante preexistente con la finalidad de elevar a conocimiento del presidente de cada Cámara antes de expirar su plazo, y no más allá del 30 de junio de 2010, un informe final conteniendo conclusiones idóneas".
Hoy también aparece publicado en el Boletín Oficial el decreto a través del que se promulga la ley.
Se trata del Decreto 1124/2009 que lleva las firmas de Cristina Fernández, del jefe de Gabinete Aníbal Fernández y del ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, Julio Alak.
Fuente: Télam
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